Gibraltar after Brexit: Looking for a New and Imaginative Model of Cross-border Cooperation in the EU Framework

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URI: http://hdl.handle.net/10498/26296
DOI: 10.25267/Cuad_Gibraltar.2021.i4.1101
ISSN: 2444-7382
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2021Department
Derecho Internacional Público, Penal y ProcesalSource
Cuadernos de Gibraltar – Gibraltar Reports Número 4/Issue # 4, 2020-2021, 1001Abstract
GIBRALTAR DESPUÉS DEL BREXIT. BUSCANDO UN MODELO DE COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA NUEVO E IMAGINATIVO EN EL MARCO DE LA UE
El Brexit ha impactado directamente en la relación de España con el Reino Unido (RU) por la cuestión de Gibraltar. La salida británica ha obligado a redefinir el estatuto europeo de Gibraltar, y sus relaciones con España y la Unión Europea (UE), en términos institucionales, jurídicos y económicos. En este contexto, también se ha ideado unos mecanismos novedosos para regular y encauzar el tratamiento de la cooperación transfronteriza con Gibraltar, frecuente objeto de vaivenes políticos y cambios con los diferentes Gobiernos españoles y británicos.
La cooperación transfronteriza del territorio de Gibraltar con el Campo de Gibraltar, Andalucía y España ha tenido variadas e intermitentes fases en su planteamiento y evolución en el tiempo. En el marco del proceso de salida del RU de la UE se ha acordado un nuevo modelo en los sucesivos Tratados y acuerdos UE-RU que combinan Hard Law de Derecho originario con Soft Law de Memorandos de Entendimiento (Memorandum of Understanding - MOU). Esta regulación ha requerido de una negociación específica previa británico-española.
El primer Tratado de Retirada de 2019 ha conformado un auténtico sistema de cooperación transfronteriza que involucra al RU, la UE, Gibraltar y España, mediante una serie de Memorandos interconectados con un Protocolo sobre Gibraltar, que reenvían al Tratado fiscal y establecen una cooperación concreta sobre derechos de los ciudadanos y trabajadores fronterizos; tabaco y otros productos; cooperación en materia medioambiental; y cooperación policial y aduanera.
Por su parte, el Acuerdo comercial de relación futura no trata el estatuto de Gibraltar, pues se ha preferido dedicar un Tratado separado RU-UE al estatuto de Gibraltar con la UE, Tratado que debe aún negociarse y celebrarse. Para ello, fue acordado el 31.12.2020 un ‘Principio de acuerdo’ previo hispano-británico, luego plasmado en la Decisión del Consejo de 05.10.2021 autorizando la apertura de negociaciones con el mandato negociador y las directrices para la negociación UE-RU del futuro Tratado de Gibraltar. Este Tratado, en fase de negociación, prevé un completo y renovado estatuto jurídico para Gibraltar en su relación con la UE y España, con una cooperación transfronteriza reforzada y garantizada con el Campo de Gibraltar y Andalucía.
En definitiva, el proceso del Brexit parece aportar un nuevo modelo, innovador e imaginativo, para la cooperación trasfronteriza con Gibraltar, articulado bilateralmente por España y Reino Unido e incorporado al marco institucional y jurídico de la UE.






