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dc.contributor.advisorFernández Allés, José Joaquín 
dc.contributor.authorRodríguez Pérez, Jonatan
dc.contributor.otherDisciplinas Jurídicas Básicases_ES
dc.date.accessioned2022-05-04T06:27:03Z
dc.date.available2022-05-04T06:27:03Z
dc.date.issued2022-03-09
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10498/26597
dc.descriptionPunto numero dos del trabajo como investigación pionera de la introducción de la ley orgánica en el ámbito judicial por parte de la Constitución Española (CE).es_ES
dc.description.abstractLa ley orgánica se define como una potestad normativa prevista por el artículo 81 de la Constitución para regular determinadas materias tasadas que se someten a una mayoría absoluta del Congreso de los Diputados -quedando el Senado relegado a un papel secundario- y que se califican como una competencia exclusiva del Estado, fuera del alcance de las Comunidades Autónomas. Se trata de ámbito material históricamente centrado en el Poder Judicial que la Constitución de 1978 extendió a contenidos de gran relevancia constitucional y legal debido a que el poder constituyente, mediante una reserva de ley orgánica ha querido que, solo una mayoría cualificada pueda regularlos o reformarlos. Bajo la expresión “reserva de ley orgánica”, algunas de gran importancia para las Relaciones Laborales, como las que regulan derechos laborales fundamentales (libertad de sindicación), los Estatutos de Autonomía (marco autonómico de relaciones laborales) o la integración europea (leyes orgánicas del artículo 93 CE), las leyes orgánicas suscitan problemas de comprensión material y de técnica legislativa de gran interés si tenemos en cuenta las relaciones entre las leyes orgánicas y las leyes ordinarias y la comparación entre ambas. Tomando como referencia este contexto normativo, este TFG se dirige a describir y analizar la ley orgánica y esclarecer sus diferencias y similitudes con la ley ordinaria, tanto normativamente como formalmente, explicando su propio régimen jurídico y tratando su significación jurídica y sus problemas de constitucionalidad. En particular, nos centraremos en estudiar cuáles son las principales diferencias entre estos dos tipos de normas, de dónde provienen cada una y las potestades normativas de la que derivan, así como también los casos en los que ambos tipos de leyes están relacionados en múltiples artículos (derechos fundamentales, régimen electoral general…). Por último, el TFG se centra en aquellos casos en los que el Tribunal Constitucional ha establecido conceptos y criterios que han servido como pilares principales para el entendimiento, regulación, aprobación y control de las leyes orgánicas en nuestro sistema constitucional de producción normativa y en nuestro sistema de fuentes del Derecho.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectConstituciónes_ES
dc.subjectley orgánicaes_ES
dc.subjectley ordinariaes_ES
dc.subjectTribunal Constitucionales_ES
dc.subjectjurisprudenciaes_ES
dc.subjectEstatuto de Autonomíaes_ES
dc.subjectreserva de leyes_ES
dc.titleLey orgánica y ley ordinaria en el régimen constitucional españoles_ES
dc.title.alternativeOrganic law and ordinary law in the Spanish constitutional regimees_ES
dc.typebachelor thesises_ES
dc.rights.accessRightsopen accesses_ES
dc.description.physDescNúmero de páginas: 52.es_ES


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