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dc.contributor.authorMartín Aragón, María del Mar 
dc.contributor.otherDerecho Internacional Público, Penal y Procesales_ES
dc.date.accessioned2024-07-23T09:23:17Z
dc.date.available2024-07-23T09:23:17Z
dc.date.issued2020-01-23
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10498/32997
dc.description.abstractDesde que la LO 1/2015 de 30 de marzo entrara en vigor el 1 de julio de ese mismo año, el Código penal español cuenta entre su repertorio penológico con una cadena perpetua de facto, maquillada bajo el nombre de prisión permanente revisable. Una pena sobre la que sigue pendiente un recurso de inconstitucionalidad sin resolver desde hace ya más de cuatro años. Sin embargo, la irrupción de esta pena en nuestro Código no ha supuesto el inicio, sino la culminación, de un proceso de endurecimiento generalizado iniciado en el año 2003, de la mano de las LLOO 7/2003 , 11/2003 y 15/2003. Estas reformas se incluían dentro del “Plan de lucha contra la delincuencia” presentado por el Gobierno del Partido Popular en el año 2002. Las líneas maestras de este Plan consistían en incrementar la presencia policial en la vía pública, mejorar los medios de la Administración de Justicia y un endurecimiento generalizado de la ley penal . Pasados los años, ante esta iniciativa, cabe preguntarse si efectivamente la realidad social y criminológica del país necesitaba llevar a cabo una reforma penal de semejante calado.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.titleEl populismo punitivo y su reflejo en la política criminal actuales_ES
dc.typeconference outputes_ES
dc.rights.accessRightsopen accesses_ES
dc.type.hasVersionNAes_ES


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