La descentralización en la ejecución del mantenimiento de la paz y seguridad internacionales en organismos regionales: el caso de la Unión Europea
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Acosta Sánchez, Miguel Ángel
Date
2022Department
Derecho Internacional Público, Penal y ProcesalSource
PEREZ-PRAT DURBAN, L., CORTES MARTIN, J.M. (Coords.), Un mundo en continua mutación: desafíos desde el derecho internacional y el derecho europeo de la UE. Liber amicorum Lucía Millán Moro, Ed. Aranzadi, Cizur Menor, 2022, pp. 41-71. ISBN: 978-84-1345-740-6.Abstract
Los enormes riesgos ante los que se enfrenta actualmente la Comunidad Internacional están poniendo en cuestión la estructura normativa surgida tras la Segunda Guerra Mundial y representada por la Carta de las Naciones Unidas y más concretamente su Sistema de Seguridad Colectiva. En efecto, la caída del Muro de Berlín, la desmembración de la Unión Soviética, así como el fin de la denominada Guerra Fría, han hecho surgir una serie de amenazas y riesgos para la seguridad internacional para lo que no parece estar preparada normativamente las Naciones Unidas.
Ante esta situación, conviene destacar en nuestra opinión la descentralización que se está produciendo en el ámbito del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, concretamente por lo que respecta a la flexibilización existente en la competencia primordial que ostenta el Consejo de Seguridad en este marco. Nos referimos a lo que el profesor Cardona Llorens denomina “privatización/externalización” o más correctamente “descentralización” . En efecto, en nuestra opinión es más correcto hablar de “descentralización” entendida como la delegación de competencias, en este caso competencias de ejecución , y de tal forma que lo diferenciemos a los nuevos usos en la aplicación del uso de la fuerza a través de empresas privadas que sería más acorde con el término “privatización” .
A partir de esta visión, y tomando como modelo el caso de la Unión Europea, analizaremos el papel de las Organizaciones Internacionales regionales en el mantenimiento de la paz y la seguridad, como complementarias de la labor de Naciones Unidas y con capacidades más actualizadas, flexibles y adaptables a las existentes en la propia Carta de San Francisco. Así, en nuestra opinión, se estaría llevando a cabo una descentralización en aplicación del principio de subsidiariedad, con respeto de los principios y propósitos de la Carta, y únicamente en los aspectos ejecutivos del mandato del Consejo de Seguridad. En este ámbito, las diversas manifestaciones que ha ido desarrollando la UE, denotan que nos encontramos ante una organización regional óptima a fin de encabezar esta descentralización, cada vez más multidimensional, en un mundo en cambio constante y que requiere la cooperación de todos los sujetos internacionales, a fin de lograr una paz y estabilidad a nivel mundial.
Subjects
UE; PAZ Y SEGURIDAD INTERNACIONAL; CONSEJO DE SEGURIDAD; CAPITULO VIII CARTA DE NACIONES UNIDASCollections
- Capítulos de libro [1622]
- Capítulos de libro Dcho. Int. Púb. [118]
- Capítulos de libro INDESS [150]




