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dc.contributor.authorRomero Matute, Blanca 
dc.contributor.otherDerecho Mercantiles_ES
dc.date.accessioned2025-02-11T08:40:45Z
dc.date.available2025-02-11T08:40:45Z
dc.date.issued1997
dc.identifier.issn1575-4812
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10498/35408
dc.description.abstractEl contrato de reaseguro es un contrato autónomo que no establece relaciones directas inmediatas entre reasegurador y asegurado directo, quien ni tiene derecho a exigir indemnización alguna al reasegurador (art. 78.1 LCS) ni debe afectarle ninguna vicisitud que sufra su asegurador en el ámbito del reaseguro. Existen excepciones al principio de independencia contractual. Así, la propia LCS prevé que, en caso de liquidación del asegurador, los asegurados tendrán un privilegio especial sobre el saldo acreedor entre asegurador y reasegurador (art. 78.2 LCS), abordándose en el estudio cuestiones tales como la titularidad del privilegio, el bien afectado, su presupuesto y finalmente su graduación (derecho de prelación que continúa vigente hoy, también en sede de concurso). También, en el denominado Derecho de los formularios, especialmente en el Common Law, encontramos cláusulas especiales que, interconectando ambos contratos, regulan el pago de las indemnizaciones en los contratos de seguro y reaseguro (simultaneous pay; cut-through e insolvence clause), analizándose su contenido y licitud en el ordenamiento español.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherFundación Notariadoes_ES
dc.sourceCuadernos de Derecho y Comercio, núm. 23, 1997, págs. 11 a 80.es_ES
dc.subjectreaseguroes_ES
dc.subjectaseguradoes_ES
dc.subjectprivilegio especiales_ES
dc.titleEl reaseguro: Protección del asegurado directo y obligación principal del reaseguradores_ES
dc.typejournal articlees_ES
dc.rights.accessRightsclosed accesses_ES
dc.type.hasVersionVoRes_ES


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