| dc.contributor.author | Martín Castro, María de la Paz | |
| dc.contributor.other | Derecho Mercantil | es_ES |
| dc.date.accessioned | 2025-07-14T10:41:54Z | |
| dc.date.available | 2025-07-14T10:41:54Z | |
| dc.date.issued | 2018-04 | |
| dc.identifier.issn | 0210-0797 | |
| dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10498/36724 | |
| dc.description.abstract | El presente trabajo aborda la figura del subtransporte como manifestación habitual en el ámbito del transporte por carretera, caracterizada por la intervención sucesiva de varios porteadores en una única operación de traslado. Partiendo de la premisa de que la condición jurídica de porteador no exige la titularidad de los medios materiales del transporte, se examinan las causas que justifican esta práctica, entre ellas, la complejidad técnica de determinadas operaciones y la insuficiencia de medios ante picos de demanda. En este contexto, el subtransporte permite al porteador contractual delegar total o parcialmente la ejecución del servicio en subtransportistas, asumiendo frente a ellos la posición de cargador y respondiendo ante el cargador contractual por su actuación.
El estudio pone de relieve las particularidades estructurales del mercado español, fuertemente atomizado y sostenido en buena medida por pequeñas empresas y autónomos con escasa capacidad negociadora. Esta realidad propicia una cadena de subcontrataciones que, si bien funcional en términos operativos, genera una paulatina devaluación económica del servicio prestado.
Desde una perspectiva jurídica, se analiza la evolución de la tutela del porteador efectivo. Si bien la Ley 15/2009 no le reconocía acción frente al cargador contractual, esta situación se vio modificada con la Disposición adicional sexta de la Ley 9/2013, que le otorga una acción directa para reclamar el pago de portes al cargador contractual o a cualquier interviniente anterior en la cadena. No obstante, la redacción de dicha disposición ha suscitado controversias doctrinales y jurisprudenciales, especialmente respecto de su aplicabilidad cuando el cargador ya ha satisfecho el importe del transporte. A este respecto, el trabajo examina las interpretaciones contrapuestas surgidas en torno a su alcance y analiza el pronunciamiento del Tribunal Supremo de 24 de noviembre de 2017, que arroja luz sobre el contenido y límites de esta acción directa, valorando también los antecedentes legislativos que orientaron dicha decisión. | es_ES |
| dc.format | application/pdf | es_ES |
| dc.language.iso | spa | es_ES |
| dc.publisher | llamada acción directa del porteador efectivo contra el cargador | es_ES |
| dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
| dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
| dc.source | Revista de Derecho mercantil, nº 308, 2018 | es_ES |
| dc.subject | Transporte terrestre de mercancías | es_ES |
| dc.subject | acción directa | es_ES |
| dc.subject | subtransporte | es_ES |
| dc.subject | cargador contractual | es_ES |
| dc.subject | porteador efectivo | es_ES |
| dc.subject | cobro de portes | es_ES |
| dc.title | La llamada acción directa del porteador efectivo contra el cargador contractual en los supuestos de subtransporte | es_ES |
| dc.type | journal article | es_ES |
| dc.rights.accessRights | closed access | es_ES |
| dc.type.hasVersion | VoR | es_ES |