La implosión del delito de amenazas y la materia de sus nuevos satélites: ser una amenaza
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Show full item recordAuthor/s
Ruiz Rodríguez, Luis Ramón
Date
2022Department
Derecho Internacional Público, Penal y ProcesalSource
Revista de derecho penal, Núm. 30, 2022, pp. 43-67Abstract
El delito de amenazas representa el punto de partida para la criminalización
de conductas que atentan contra la libertad de las personas. El concepto incorpora
la idea de riesgo de un daño inmediato o futuro que condiciona la toma libre de
decisiones por parte de quien recibe la amenaza. El Derecho penal puede, a partir de
esos requisitos mínimos para la intervención en materia de protección de la libertad,
incrementar puntualmente el castigo cuando se den condiciones de mayor afectación
a los intereses protegidos. Sin embargo, la posibilidad de redirigir la motivación para
castigar desde el hecho de amenazar, a la selección de conductas que convierten a
sus autores en sujetos amenazantes, o a identificar lo que se podría denominar como
estados amenazantes, es una realidad legislativa que, en el Código penal español,
presenta no pocos ejemplos. La posesión de pornografía infantil, el auto adoctrinamiento
terrorista o los ultrajes a España son algunos supuestos de esta tendencia a
criminalizar comportamientos o situaciones que nunca tendrían cabida en el delito de
amenazas, ni en su significación jurídico penal, pero que son percibidos por el legislador
como amenazas necesitadas de una reacción penal preventiva.
Subjects
delito de amenazas; delitos preparatorios; libertad e indemnidad sexual; terrorismo; ultrajes y ofensas a los sentimientosCollections
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