RT book T1 Autonomía Progresiva y Responsabilidad Civil del Menor T2 Progressive Autonomy and Children's Civil Liability A1 Velasco Perdigones, Juan Carlos A2 Derecho Privado K1 Daños K1 Responsabilidad Civil K1 Menor de edad K1 Autonomía Progresiva K1 Progenitores K1 Culpa K1 Responsabilidad objetiva AB El Derecho español ofrece el triste espectáculo de que, al parecer, de los daños que causen los hijos menores, no hay más solución que la responsabilidad de otras personas. Señaladamente, los padres, pero también los tutores, o los centros de enseñanza no superior, o determinadas instituciones de guarda y atención. Por fortuna, desde hace ya tiempo se viene admitiendo que la sociedad actual reclama a voces hacer ver a los menores de edad que, cuanta mayor madurez tengan, más implicación están llamados a tener a la hora de reparar los daños que con sus conductas imprudentes puedan causar.Se impone caer en la cuenta de que el artículo 1902 del Código civil no ha exigido nunca la clásica capacidad de obrar para que el que causa un daño esté obligado a repararlo, sino sólo que su conducta sea negligente: es imputable todo aquel que tenga suficiente capacidad de discernimiento para comprender el alcance de sus actos. Y si los «grandes menores» se encuentran legalmente habilitados para conducir determinados vehículos de motor, ser contratados laboralmente, poseer licencia de caza, etc., es porque el legislador no tiene delante el panorama del menor de los Campos Elíseos proustianos o de la España de la Regencia de María Cristina que paseaba de la mano de la madre o de la institutriz, sino el del menor que tiene un notable desarrollo de su personalidad, el menor que sale de noche, el menor del ciclomotor, el menor de la litrona, el menor rebelde, en suma.Por eso es sugestivo el título de esta monografía. Autonomía progresiva y responsabilidad civil del menor. La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, establece, después de la reforma introducida por la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de Reforma del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia dice que «los menores, de acuerdo a su edad y madurez deberán asumir y cumplir los deberes, obligaciones y responsabilidades inherentes o consecuentes a la titularidad y al ejercicio de los derechos que tienen reconocidos en todos los ámbitos de la vida, tanto familiar, escolar como social», y hay quienes, como el profesor Velasco, piensan que ha de darse a la palabra «responsabilidades» un alcance más allá del meramente coloquial. PB Dykinson SN 9788410701205 YR 2024 FD 2024-03 LK http://hdl.handle.net/10498/33277 UL http://hdl.handle.net/10498/33277 LA spa DS Repositorio Institucional de la Universidad de Cádiz RD 10-may-2026