Garantías adecuadas para proteger la democracia frente al uso fraudulento de los datos personales

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López Ulla, Juan Manuel
Fecha
2024-03-20Departamento/s
Disciplinas Jurídicas BásicasFuente
Revista española de la transparencia, Núm. 19, 2024, pp. 71-93Resumen
En aras de una mayor transparencia en el tratamiento de los datos
personales, este artículo plantea la posibilidad de modificar el art. 22 del Reglamento
General de Protección de datos de la Unión Europea para que la prohibición general
que este precepto ordena no se ciña a la elaboración de perfiles que pudieran
producir efectos ad personam, sino también a otra clase de prácticas que puedan
afectar a toda la comunidad política, como las que tratan de manipular a segmentos
enteros de la población con el objetivo de interferir en los procesos democráticos.
Al efecto, recordamos que el derecho a la protección de datos debe estar dotado
de garantías adecuadas y que los instrumentos de defensa que el ordenamiento
jurídico contempla no están pensados para este entorno en el que las amenazas
tienen otro alcance. En este nuevo marco jurídico, también sería recomendable
conceder una nueva textura constitucional al derecho a la protección de datos
personales y al derecho de acceso a la información pública. Estas conclusiones se
apoyan en los documentos más relevantes aprobados en el seno de la UE en los
últimos tres años, en la jurisprudencia del TJUE y del TEDH y en las aportaciones
más recientes de la doctrina, que advierten la necesidad de reglas más claras y
precisas que permitan compatibilizar el desarrollo de la tecnología con los derechos
de las personas.





